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sábado, 2 de mayo de 2009

LA NUEVA VISIÓN DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN LAS EMPRESAS VENEZOLANAS

En Venezuela se manifiesta un cambio en la relación de los trabajadores con su medio de trabajo o por lo menos es lo que se intenta, siempre se ha manifestado a través de la historia las condiciones precarias de los trabajadores, su medio ambiente y la salud de los mismos, allí es donde se observa en que tan optimas condiciones se encuentra la calidad de vida, no solamente esta se basa en la cantidad monetaria del sueldo que recibe ni incluyendo lo que conocemos como cesta tickets y bonos de alimentación, la verdad esta debe incluir todo lo relacionado a la estabilidad y comodidad de los trabajadores a la hora de desempeñarse en sus sitios de trabajo.

El articulo de los profesores Neiza Salazar y Frank Rivas titulado “La precariedad laboral y su incidencia en las políticas sociales de la v república: Una mirada especial a las misiones” dejan claro las condiciones laborales que desde los años 80 vienen perjudicando la estabilidad laboral por ajustes económicos erróneos o que simplemente no fueron las medidas más optimas para las condiciones estructurales del país, ahora el enfoque de dicho artículo se basa en la actual gestión del gobierno que a pesar de los esfuerzos y planteamientos estratégicos del estado se escapan las cifras crecientes de los trabajos informales y la misma desocupación, así como la permanencia de empleos contractuales que no cumplen a cabalidad los marcos que estipula la Ley Orgánica del Trabajo, está perfectamente vinculado a la estabilidad y condiciones adecuadas de los trabajadores ya que en esta última cabe el ejemplo de menor obligación del patrono con su empleado o trabajador, es allí donde La problemática de la precariedad no es solamente la deficiencia salarial sino también la inestabilidad laboral, condiciones de trabajo e inestabilidad contractual como ya se menciono.


En el 2005 se publica en gaceta oficial La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) la cual intenta regular la responsabilidad del empleador y sus representantes ante la ocurrencia de accidentes de trabajo o enfermedad ocupacional cuando existe negligencia, dirigida a tanto instituciones públicas como privadas; a su vez hoy se menciona a organismos como INPSASEL o Instituto de Prevención de Salud y Seguridad en el Trabajo cuyas funciones son: El establecer normas, lineamientos, políticas así como los órganos y entes que permitan garantizar las condiciones de la promoción de trabajo seguro y saludable, prevención de accidentes, enfermedades ocupacionales, y la reparación de daños sufrido por los trabajadores, la promoción de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, INEM o Instituto Nacional del Empleo, INP o Instituto Nacional de Pensiones, BNVH o banco Nacional de Vivienda y Hábitat y el SPNS o Superintendencia de Prevención Nacional de Salud, que reemplazara al Seguro Social Obligatorio; todos estos creados con la finalidad de hacer cumplir con las estipulaciones consideradas al resguardo de los trabajadores, ya que cabe la consideración que los trabajadores son engranaje fundamental del crecimiento y desarrollo económico del país, siendo este a su vez pieza del componente familiar que aporta sustento a los miembros de la misma, he allí la importancia, como menciona el artículo “permitiéndole poder desarrollarse intelectualmente, y cada día poder regresar sanamente a sus hogares después de una agradable jornada laboral cumplida con los valores de seguridad establecido en la LOPCYMAT”.
Ahora bien ¿en qué profundidad se manifiesta el cambio?, por ahora se plantea una gestión que garantice el acatamiento de las leyes, normas y lineamientos que disponen el cumplimiento a la protección, derechos y deberes de los trabajadores y empleados. María Alejandra Cabeza, María Esther Cabeza y Edwin Corredor, expresan fundamentalmente en esta investigación (La nueva visión de los comités de seguridad y salud laboral en las empresas venezolanas) el objetivo de crear una estrategia favorable para la creación de los Comités de Seguridad y Salud Laboral, que permitirá a las empresas, tanto del sector público como privado, darle cumplimiento a la normativa legal en beneficio de la clase trabajadora, y así evitar el incumplimiento de lo establecido en la ley y, en consecuencia, sus multas”.

Según el artículo 46 de la LOPCYMAT El Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL) es un órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los CSSL son necesarios según lo planteado en la investigación y es importante mencionar, que esto promueve la obligación que tiene la parte patronal de no sólo cumplir con el pago del salario a sus trabajadores, sino que debe satisfacerle condiciones de trabajo adecuadas, donde éstos puedan realizar su labor en forma idónea evitando algún accidente o enfermedad ocupacional, como también ofrecer descanso y relajación o tiempo libre, aportándose así al cumplimiento con el objeto de generar una cultura de prevención e interés en los trabajadores para que éstos detecten condiciones inseguras en los ambientes de trabajo, y al mismo tiempo hagan prevención. Lo importante de este tipo de comité es que estimula la participación de los trabajadores dentro de ellos a través de los denominados “delegados” quienes tienen atribuciones importantes, como lo son la supervisión de los sitios de trabajo, considerar la opinión de los trabajadores de las instalaciones y manipulación de sus instrumentos de trabajo, la condición de los mismos, aportar alternativas de contribución al mejoramiento de las condiciones, así como obtener información acerca de lo informes patronales de las condiciones del medio laboral. Todo esto contribuye a la promoción de capacitación de los trabajadores en este tema, lo que manifiesta un alerta más acentuado para el cumplimiento de la ley y el aumento de la calidad de vida de los empleados y trabajadores.

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