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jueves, 2 de julio de 2009

Análisis de Metodologías Fiscales y Financieras para el Ajuste por Inflación Establecidas en la Ley de Impuesto Sobre la Renta y la Declaración de l

En un proceso inflacionario los precios de la mayoría de los bienes y servicios aumentan de manera persistente, por la presencia elevada de circulante en las manos de los consumidores, y ¿Cómo perciben las personas su actuación?, de una forma tan simple cuando los precios aumentan sin que esto desaparezca en el corto plazo, las cusas principales se dejan notar cuando los costos y los mismos salarios son trasladados a los consumidores en forma de mayores precios, y de forma acentuada a partir de las acciones de la demanda global cuando esta es mayor que la misma oferta existente en el mercado a través de la disminución del ahorro, inversiones excesivas y como menciona Víctor Hugo en su artículo por el procesamiento de dinero inorgánico dentro de la economía de un país, en la cual no se encuentra respaldado por la generación productiva real del mismo, convirtiéndose esto en un círculo vicioso. Sin embargo si la economía muestra la tendencia de una excesiva inversión en cierto sentido la inflación se convierte en un “gendarme necesario”, pero eso de forma controlada o moderada indicando hasta un digito en su comportamiento, mas en ciertos países existe una lucha donde esto se escapa de sus manos, llegando incluso a escucharse de hiperinflación resultando el aumento vertiginoso de los precios. Por lo general se percibe como en el caso venezolano de una inflación galopante u ordinaria apuntando hasta dos dígitos, de allí es cuando se hace necesario la aplicación de métodos que reflejen los ingresos y egresos reales en las empresas y demás instituciones con intereses de inversión, en Venezuela existen dos enfoques normativos que rigen la orientación y seguimiento inflacionario y la Declaración de los Principios de Contabilidad Numero 10.

Víctor Hugo Molina C. presenta en su análisis la utilización de metodologías aprobadas por el Estado a través de la Ley de Impuesto Sobre la Renta con el ajuste por inflación fiscal, y la Federación de Colegio de Contadores Públicos a través de los Principios de Contabilidad número 10 con la finalidad de ajustar los estados financieros básicos por efectos de inflación; el ajuste por inflación fiscal busca que el contribuyente cancele sus impuestos con una base real y no de forma nominal, y el ajuste de los estados financieros conocer la situación real de la empresa detectando posibles pérdidas o ganancias en los movimientos de la empresa. Ambas partes buscan en cierto grado determinar el valor que verdaderamente poseen tanto los activos como los pasivos en una connotación de monetarios y no monetarios, siendo los más vulnerables los monetarios a perder su valor en el caso de los activos y en el de los pasivos se traduce como beneficio a mayor plazo de su cancelación para la empresa mayormente si permaneciere constante su valor nominal. Tanto la Ley como los Principios marcan una normativa y consecución para la elaboración de sus metodologías; la Ley muestra dos métodos uno dependiente del otro, el primero “ajuste inicial por inflación” y el segundo “ajuste regular”, y los Principios muestran “el método nivel general de precios (NGP)”, “método nivel especifico de precios (NEP)” no mencionado por Víctor Hugo y el ultimo “método mixto” mayormente utilizado por macro empresas.

Las metodologías que proporciona la Ley poseen analogías y discrepancias con los proporcionados por los Principios Contables, el profesor Molina lo expresa en su análisis (pág. 61), ambas utilizan el índice de precios al consumidor (IPC), en ciertas condiciones desventajosas de exactitud ya que este índice refleja el impacto de la inflación solo del área metropolitana de Caracas, por tanto quedan excluidas las empresas del resto del país y ciertos rubros o sectores empresariales dedicadas a una razón social no determinada por este índice, una diferencia es que por los Principios se refleja la situación financiera real y por la Ley el enriquecimiento real gravable del contribuyente, por tanto una busca medir la eficiencia de la empresa mientras que la otra el aporte que corresponde al Estado. De cualquier manera ambas metodologías buscan no perjudicar y mantener un equilibrio que sea favorable para los sectores económicos tanto públicos como privados; en una economía de este tipo se refleja una mayor destreza y capacidad en los agentes reguladores y de gestión para tomar las decisiones más certeras en la elaboración de estos instrumentos, donde la cantidad de variables entre las destacadas la inflación aumentan el nivel de incertidumbre.

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